jueves, 13 de julio de 2017

Sepa cómo opera la "Cuota Mortuoria"

La Asignación por Muerte es un beneficio que muchos desconocen.
El IPS, las AFP y las compañías de seguro entregan esta ayuda.

Resultado de imagen para que es la cuota mortuoriaLa Asignación por Muerte o Cuota Mortuoria es un beneficio que entregan el Instituto de Previsión Social (IPS), las AFP y las compañías de seguros, el cual tiene por objetivo alivianar los costos del proceso fúnebre.
Para los afiliados del IPS, la Cuota Mortuoria hace una devolución de los gastos funerarios ocasionados por el fallecimiento de un pensionado, imponentes activos, subsidiados por cesantía o incapacidad labora y pensionados asistenciales.
En estos casos el organismo entrega tres ingresos mínimos no remunerados (a partir del 01 de Julio corresponde a 174.166 pesos). Total de $ 522.498-  Para hacerlo efectivo se debe presentar:
  • Certificado de defunción emitido por el Registro Civil.
  • Facturas o documentos originales que acrediten los gastos del funeral.
  • Ultima liquidación de pago.
  • Certificado de sepultación emitido por el cementerio
  • El original de planillas de pago de imposiciones de los últimos tres meses en caso de ser imponente activo.
  • Una solicitud de cobro del IPS.

Los afiliados a alguna AFP, la Asignación por Muerte consiste en el retiro de una suma equivalente a 15 UF de la cuenta, monto que se entrega al cónyuge, el pariente más cercano al afiliado o quien acredite haberse hecho cargo de los gastos.
Este trámite lo puede realizar la funeraria del Hogar de Cristo, sin embargo, si se quiere realizar personalmente debe entregar los siguientes documentos:
  • Solicitud de Cuota Mortuoria.
  • Certificado de defunción emitido por el Registro Civil.
  • Documentos que acrediten los gastos del funeral.
  • Libreta de familia y cédula de identidad para demostrar parentesco, si corresponde.

Las compañías de seguro entregan 15 UF de la cuenta individual del asegurado que se pagan a quien acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios. Para ello debe presentar:
  • Certificado de defunción emitido por el Registro Civil.
  • Documentos que acrediten los gastos del funeral.

3 comentarios:

  1. Que pasa si al afiliado le queda dinero de su pension en la afp? Ese dinero se pierde?

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  2. el saldo de la cuenta de Ahorro Previsional siempre constituirá herencia en caso de fallecimiento. En simple, el dinero no se “pierde” con el fallecimiento.

    Ahora, ¿cuáles son los requisitos para acceder a dichos recursos?

    1. Los fondos destinados a herencia se pagarán a los herederos del afiliado fallecido, previa presentación del auto de posesión efectiva, debidamente inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

    2. Al cónyuge, a los padres e hijos legítimos del afiliado, no se les requerirá acreditar la posesión efectiva para retirar los fondos que constituyan herencia cuando correspondan a un monto inferior a 5 Unidades Tributarias Anuales.

    ¿Cuándo los fondos previsionales constituyen herencia?
    Los fondos previsionales constituyen herencia en las siguientes situaciones:
    · Afiliado activo que fallece a causa de accidente laboral o enfermedad profesional.
    · Afiliado activo sin beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
    · Pensionado en retiro programado o renta temporal sin beneficiarios.

    ¿Dónde se realiza el trámite para retirar la herencia?
    Los herederos deberán solicitar el Pago de Herencia en la AFP en la que el fallecido se encontraba afiliado. Si son varios los herederos, deberán designar un representante común para recibir el pago, puesto que las AFP no pueden efectuar el pago de cuotas a los distintos herederos.

    ¿Qué ahorros en AFP constituyen herencia?
    · Los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual, y en las Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario (APV y Cuenta 2).
    · Los fondos acumulados en la cuenta de ahorro voluntario y los depósitos convenidos.
    · Los fondos de la cuenta de ahorro de indemnización.
    · Los beneficiarios podrán girar un monto de hasta 5 Unidades Tributarias Anuales con la sola presentación del certificado de defunción y la acreditación de la relación de parentesco. Para retirar el exceso sobre las 5 UTA, si lo hubiese, será necesario presentar posesión efectiva.

    ¿Quiénes tienen derecho a herencia?
    Los herederos de los fondos previsionales se determinarán tras el fallecimiento, conforme a las normas generales por causa de muerte contenidas en el Código Civil.
    Ahora, qué pasa si una persona está disconforme con los resultados del trámite de herencia, ¿cuáles son las alternativas de solución? En ese caso se debe presentar un reclamo ante la Superintendencia de AFP para que estudien la queja correspondiente, y luego seguir el caso.

    Es importante que todas las personas estemos informadas sobre temas tan importantes como éste. Los años de sacrificio y el constante ahorro no pueden quedar a la deriva.

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  3. La UTA de Agosto es $ 559.200 esto por 5 $ 2.796.000- monto a girar anualmente.

    Saludos!!

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