18/12/14

Si, seré candidato Alcalde por Melipilla

Después de conversar con muchas personas, sobre la posibilidad de ir como candidato Alcalde, finalmente me decidí y de esta forma lo hice saber a la comunidad en forma masiva a través del programa de Cecilia, “desde mi casa” el cual soy panelista.

Al comenzar el programa, Cecilia hace mención del nacimiento de mi Sobrino Lucas, Hijo de mi hermano Alexander, quien nació el sábado pasado, trayendo una gran felicidad a la familia, y sobre todo en estas fechas, como lo es navidad.

Como es de costumbre la conversación en el programa, se vio reflejada en materias de Economía, empleo, endeudamientos, y ver como se viene el 2015 en este aspecto, haciendo hincapié a que los vecinos no se endeuden, ya que una realidad de hoy es la cesantía, no estamos en números rojos, pero la economía el 2015 se mantendrá, y su crecimiento será a pasos pequeños.  

En nuestra conversación, no puede faltar su comentario político lo cual lo vemos de una forma muy objetiva y pluralista, Cecilia hace mención de la inasistencia del Alcalde, y comenta que el Administrador Municipal, es quien aparece derechamente haciendo su campaña.

En ese momento le comento y ratifico que es campaña, y le digo Cecilia, todos sabemos que los Candidatos tanto Alianza como Concertación están listos, van hacer primarias, pero estas solo serán para cumplir, por la Concertación ira el señor Bruna, y por la alianza una mujer Udi, quedando muy sorprendida la conductora, lo cual remato con la siguiente  frase “y aquí me sumo yo, como Candidato Independiente”

Cecilia quedo muy sorprendida con la primicia que estaba dando, y me pregunta es verdad Cristian, lo cual respondo, así es, se que competiré con el candidato de los recursos municipales, y con la candidata de los empresarios, pero me fortalece el empoderamiento de las personas, y me consulta; con cuantas firmas inscribes tu candidatura, pues con alrededor de 190 firmas y estamos listos.


@manosalaobra.

11/12/14

Chocalán, alguna vez fue Comuna.

La historia de Chocalán que significa brotes amarillos; se remonta con la invasión española por Pedro de Valdivia, Chocalán y los Cármenes pasan a propiedad y administración de un encomendero. En 1859 estas tierras se dividieron y tomaron, los nombres de la Isla, las casas, Población Pabellón, El Pabellón, Viña Vieja, Manantiales, Cholqui, Palliocabe y cajón de Acúleo, llamado también rincón de Chocalán.

El año 1892 donde fue creada como comuna autónoma y municipalidad de Chocalán en los tiempos de la colonia. Contaba con un reten de carabineros, un oficina de correos, registro civil y circunscripción electoral. Cubre una amplia superficie y que fueron los límites de su comuna y son también el paño geográfico eclesiástico.

Chocalán limita al norte con, los cerros de la Vega, los Cármenes, Junco y Cajón de Acúleo; al este con el río Maipo; al sur el estero de Popeta y el estero el Sauce; y al oeste los cerros de la Rinconada, Popeta, Los Guindos y Tantehue. En él habitaron pueblos Incas que vivieron en el cerro Pukará que era el fortín natural de estas tierras y el cual hoy es el cementerio de Chocalán en lo alto del cerro.

Luego la municipalidad pide fundar la parroquia para la comuna, don José María Pozo pide que su patrona sea Santa Rosa de Lima.


En 1929 la comuna de Chocalán fue anexada a la Municipalidad de Melipilla y desde ese, momento deja de ser comuna y pasa a ser localidad pero aún quedan recuerdos de la ex comuna ubicada al otro lado de río Maipo.

Durante uno de los temporales de fuertes lluvias (1953) el río se desbordo y arrastro con él el puente que cruzaba el río Maipo desde ese momento el puente es curvo (obra del ingeniero Marambio). El río era cruzado en botes y balsas tanto pasajeros y conductores en ese tiempo se encomendaban a su patrona Santa Rosa porque las aguas en ese tiempo eran muy caudalosas y peligrosas.



Fotos: Álbum de Don Fernado Correa Pereira http://fernandocorreapereira.blogspot.com/

1/12/14

Contrato de Trabajo Menores de 18 Años


Dado a muchas consultas recibidas sobre la Contratación de Menores de Edad, y con mayor demanda en estas fechas de Navidad y Verano les puedo comentar lo siguiente:


En Chile, contratar a menores de edad está permitido, sin embargo es necesario tener en cuenta una serie de restricciones y antecedentes establecidos en la legislación que le permitirán al empleador conocer las condiciones bajo las cuales podrá contratar a un menor de edad.

El trabajo adolescente es aquel realizado por personas de entre 15 y 18 años, y es legal en la medida que se cumplan ciertos requisitos establecidos en el Código del Trabajo, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y otros compromisos internacionales.
 
En resumen, los mayores de 15 y menores de 18 años sólo pueden tener un empleo liviano, diurno y autorizado por sus padres y que no obstaculice sus estudios.

En Chile la edad mínima legal para desarrollar trabajos por parte de adolescentes cambio en el año 2000, aumentando de 14 a 15 años. En tanto, la legislación laboral considera mayores de edad a los mayores de 18 años, los que pueden trabajar libremente. 

En el caso de los menores la ley establece, además, que no podrán trabajar más de 36 horas semanales. Su Sueldo mínimo es de  $ 167.968- este ingreso mínimo ascenderá a $179.912, a contar del 01 de julio de 2015 y a $186.631, a contar del 01 de enero de 2016.

Mayores de 16 y menores de 18 años
Los menores que tengan más de 16 años y menos de 18 podrán celebrar contratos de trabajo con la autorización expresa de su padre o madre.
Convenios internacionales
A falta de éstos, podrán autorizar al menor el abuelo paterno o materno. A falta de ellos, los guardadores, personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor, o a falta de todos los anteriores, del inspector del trabajo respectivo.

Dato Relevante e Importante

Algo muy importante, ya no solo basta la Autorización Notarial de quien se expresa en el texto de arriba, sino también  deben ir acompañados de ciertos documentos que exige el Legislador.

En el caso del Contrato de Trabajo este se informa en el Formulario F19-2,  en el debe ir  todos los respaldos solicitados y ser presentado en la Dirección del Trabajo, en un plazo de 15 de haberse celebrado el Contrato de Trabajo.

En el caso del Finiquito este debe informarse en el Formulario F19-3, dando aviso en la DT, de la Fecha de este.

Sino se informan tanto la incorporación, ni la desvinculación, el Contrato no tendrá validez alguna, de esta forma  se somete  a las Multas impuestas por el fiscalizador.



Menores de 16 y mayores de 15
Pueden trabajar siempre que cuenten con la autorización de su padre o madre y hayan cumplido con sus obligaciones escolares.

Además, sólo podrán realizar “trabajos ligeros” que no perjudiquen su salud y desarrollo, que no impidan su asistencia a la escuela y su participación en programas educativos o de formación. 


Menores de 15 años
Sólo en casos debidamente calificados, y con autorización de su representante legal o del juez de menores, se permitirá que menores de 15 años trabajen con personas o entidades dedicadas al teatro, cine, radio, televisión, circo u otras actividades similares.

Menores de 21 años
Los menores de 21 años no podrán ser contratados para trabajos mineros subterráneos sin someterse previamente a un examen de aptitud. 

El empleador que contrate a un menor de 21 años sin haber cumplido este requisito deberá pagar una multa de 3 a 8 UTM, la que se duplicará en el caso de reincidencia. 


Prohibiciones Generales
El Código del Trabajo establece una serie de prohibiciones para los menores de 18 años:

No podrán realizar trabajos subterráneos 

No podrán realizar faenas que requieran fuerza excesiva.

La ley establece, además, que los menores de 18 años no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilogramos. 
Estadísticas

Tampoco podrán realizar actividades que puedan ser peligrosas para su salud, seguridad o moralidad.

El trabajador que contrate a un menor bajo estas circunstancias será sancionado con una multa que va de las 3 a las 8 UTM, la que se duplicará en caso de reincidencia. 

Los menores de edad no podrán trabajar en cabarets y otros establecimientos similares que presenten espectáculos. Sin embargo, podrán actuar en espectáculos cuando tengan autorización de su representante legal y de un juez de menores. 

No podrán trabajar en establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas que deben ser consumidas en ese mismo lugar. 

Los menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos en establecimientos industriales y comerciales, que se realicen entre las 22:00 hrs. y las 07:00 hrs., excepto en aquellos que sólo trabajan miembros de una familia. 


Excepción: Esta prohibición no se aplicará a los hombres mayores de 16 años en las industrias y comercios, cuando se trate de trabajos que, producto de su naturaleza, deban necesariamente continuarse de día y de noche. 

23/11/14

Cristian, Converso sobre La Reforma Tributaria y Economía en Telemel

Como es habitual Cristian visito los estudios de canal 16 Telemel, como panelista estable del programa “desde mi casa” en esta ocasión converso  e hizo un análisis de la Reforma tributaria, sobre su recaudación, y destino, haciendo el análisis en su particular estilo, comento “ La reforma, es una recaudación de impuestos, por lo tanto todo aumento de impuesto, quien lo cancela es el consumidor final, ósea las personas, la reforma pretende recaudar US$ 8.000- los cuales creo que a Educación ira un porcentaje muy pequeño o casi nada,(motivos de origen) y estos dineros  se destinaran a cubrir la desaceleración económica que sufre el país, y atención que se vendrán dos años muy complicados en lo laboral”

De esta forma pregunta Cecilia, que consejo puede dar a las personas y televidentes, en lo cual Cristian comenta y llama a no endeudarse, ahora que vienen fechas estivales como navidad y vacaciones, no gastar más de lo que se tiene y  No sobreendeudarse.


Por lo mismo Cristian hizo un llamado e invita a todas las personas a una Charla el día viernes 05 de diciembre a las 19:00 hrs, totalmente gratis, llamada 
“ Economía Familiar - Que el consumo no te consuma” esta  se impartirá en Infotec   serrano 1050D Melipilla, pueden llamar y hacer sus reservas al 28315664 cupos limitados


puedes ver la entrevista completa acá.




6/11/14

Entró en Vigencia Nueva Ley que permite a las Personas Naturales Declararse en Quiebra.

La nueva normativa otorgará procedimientos modernos para declararse en quiebra, pero también establecerá opciones previas para evitar caer en insolvencia


El jueves 9 de Octubre entró en vigor la nueva Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas, que reemplazará la ley de quiebras, que se aplicó por más de 30 años.

La nueva normativa otorgará a las empresas y a las personas naturales con dificultades económicas, procedimientos modernos para declararse en quiebra, pero también establecerá opciones previas para evitar caer en insolvencia.

Precisamente, una de las novedades de la ley 20.720 es que las personas naturales se pueden declararse en "quiebra", y para ello es necesario que tenga dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días corridos, provenientes de distintas obligaciones, y cuyo monto sea superior a 80 UF (cerca de $1.900.00).

Además, no debe haber sido notificado de una demanda en su contra que solicite el inicio de un procedimiento concursal de liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo que no sea de origen laboral.

Tras ser acordada una audiencia, se pasa a la renegociación, y ahí se estipulan distintas alternativas en base a acuerdos. Por ejemplo, se puede pactar un plazo mayor al firmado inicialmente, se pueden condonar intereses, reajustes o perdonar parte de la deuda, en base a los acuerdos con los acreedores. Por lo tanto, la palabra la tienen tanto el deudor como los acreedores.

Un dato importante que establece la ley, es que los pactos se acuerdan cuando dos o más acreedores, que representen más del 50% del pasivo, lo hacen junto con el deudor.

"Es importante que la persona se anticipe y solicite el inicio del procedimiento antes de recibir la notificación de una demanda, esa persona además tiene que tener una real capacidad de pago, y tiene que proponer un plan de pago", resalta la superintendenta de Insolvencia y Reemprendimiento.

En esa línea, la persona tiene que ser persona deudora, lo que significa que es trabajador sujeto a un contrato de trabajo o cualquier otra persona que sea sujeta de crédito y que no sea empresa. Por ejemplo, dueña de casa, estudiante o jubilado. Todas ellas son personas deudoras.

¿Qué se le puede proponer a los acreedores?

Las propuestas son varias, dice la autoridad, y como son en base a acuerdo con los acreedores, el deudor podía proponer por ejemplo, en vez de pagar en un año la deuda originalmente pactada, la podría pagar en dos años.

Los intereses moratorios se dejan de devengar, también podría por ejemplo proponer que se condonen algunos reajustes, algunos intereses, o por ejemplo, que se consolide la deuda con un solo acreedor. Hay varias alternativas que podrían pactarse en esta renegociación, en base a acuerdos con los acreedores.

El procedimiento puede terminar con la renegociación de las obligaciones o en el caso de que no haya acuerdo, con una audiencia de ejecución, en la cual se acuerda con los acreedores la forma de vender los bienes para pagar a los acreedores.

Otro aspecto relevante que establece la normativa, es que si ese deudor es sometido a procedimiento y es declarado admisible, no puede volver a someterse bajo este proceso, sino después de 5 años.

¿Y si no hay acuerdo?Los acreedores podrían no aceptar la propuesta del deudor, sin embargo, éste puede volver a intentar en una segunda oportunidad, tanto para la renegociación, como para la determinación del pasivo.

La última palabra la tienen siempre el deudor y los acreedores, como es en base a acuerdos son ellos los que deciden si es que se renegocian las obligaciones o se ejecutan los bienes. La Superintendencia lo que hace es facilitar la instancia.

Si no hay acuerdo en la segunda vez, se pasa a la audiencia de ejecución en la cual se decide cómo se venden los activos del deudor para pagarle a los acreedores. Si aún no hay acuerdo, se remiten los antecedentes al tribunal correspondiente.



4/11/14

Sueldos Mínimos en Sudamérica, y Variación en el Precio de la Bencina

Se habla mucho de la economía, del costo de la vida, de la brecha y disconformidad existente entre las clases sociales, y quise ver en realidad cual es nuestra realidad a diferencia de nuestros vecinos sudamericanos.
Para ello la primera realidad a medir, es el ingreso mínimo en lo que  a sueldo se refiere, entre materia investigativas me encontré con algunas sorpresas, como Brasil potenciado como la gran economía sudamericana se encuentre en el 7mo puesto del ranking en ingresos mínimos.

A continuación detallare la tabla de ingresos mínimos por Países de mayor a menor

País
Moneda Local
Cambio a PCL
Peso CL
Dólares
1
Venezuela
4251,78
Bolívares
91,74
390.058
676,60
2
Argentina
4.400
Peso Argentino
67,84
298.496
517,77
3
Chile
225.000
Peso Chileno
225000
225.000
390,29
4
Paraguay
1.824.055
Guaraní
0,12
218.887
379,68
5
Uruguay
8.960
Peso Uruguayo
24,18
216.653
375,81
6
Ecuador
340
Dólar
576,5
196.010
340,00
7
Brasil
742
Reales
240,33
178.325
309,32
8
Colombia
616.027
Peso Colom
0,28
172.488
299,20
9
Perú
750
Sol
197,63
148.223
257,11
10
Bolivia
1.440
Bolivianos
84,04
121.018
209,92


Haremos el análisis en convención a peso Chileno y en ello  el Primer lugar se encuentra Venezuela con un ingreso mínimo de $ 390.058 algo muy engañoso si podemos reflejarnos en la economía actual de Venezuela, la cual  ostenta una inflación de más del 70%, y el Gobierno accede desde mayo del 2014 valorizar el dólar sobre 8 veces su valor y de esta manera aumentar el sueldo mínimo es una medida populista, en simples palabras es como tener sacos de plata en tu casa, y no tener nada en los Supermercados para comprar, de esta forma se rompe el principio de oferta sobre demanda.

Un caso muy similar sufre Argentina con una economía muy desbastada con una inflación del 40% con una caída del PIB del 2,5% aun así se ubica segundo en el ranking con un ingreso de $ 298,496 podemos ver de cierta manera que estas cifras son engañosas, y lo único que harán es la caída de los PIB (Productos Ingresos Brutos) y acelerar la inflación.

En tercer Lugar Nuestro Chilito, que ha bajado nuestro PIB al 2%, cuando los más optimistas personeros de Gobierno aseguraban un crecimiento del 4%, una inflación acumulada al 4,9%, a diferencia de Venezuela y Argentina somos una taza de leche, pero ojo si el gobierno no lleva una agenda ordenada las reformas impuestas (tributaria y educacional) les pasaran la cuenta ya que la desaceleración puede ser un factor de arrastre.

Paraguay es un país que viene en crecimiento con el 4,5 a 5 % se prevé una economía estable, en tanto Uruguay creció un 3,7% el segundo semestre, Ecuador desde el año 2000 cambio su moneda oficial al dólar americano, llevando una economía estable creciendo el 4,9% en el primer semestre del 2014  y alcanzando su sueldo mínimo cerca de los 200 mil pesos.

Brasil, al ser la sexta economía mundial, con un PIB de 2,5% y con un tasa de inflación del 5,8%  se encuentra en el 7 lugar de ingresos mínimos sudamericanos, uno de los factores es la población (cantidad de habitantes), aun asi es un país muy rico es sectores económicos de exportación. Esta realidad se vio reflejada en el pasado mundial de futbol, ya que fueron muchas las marchas de la población en disconformidad de este evento ya que se gastaron muchas cantidades de dineros en construir estadios, y no regularizaban los sueldos ni las pensiones de los trabajadores, otro punto a destacar es del día posterior a las elecciones en que apretadamente gano la Presidenta Dilma Rousseff, la Bolsa brasileña tuvo una caída del 7%, una advertencia del inversionista extranjero.

Colombia viene con un crecimiento del 4,8% aun así, sus ingresos mínimos son bajos, una prueba de botón es la migración de colombianos a nuestro país, sobre todo a la región de Antofagasta. La economía Peruana crecerá cerca del 3% situándolos en el penúltimo lugar con un IMM cerca de 150 mil pesos, por ello nuestro país esta abundado de nanas peruanas, las cuales reciben remuneraciones superiores a los 400 mil, los que les alcanza de buena manera enviar dinero  a sus familias y con el resto vivir en nuestro país.

Por último se encuentra Bolivia país que obtuvo un mayor crecimiento del 5,2% lo cual le permitió por primera vez en su historia sobrepasar su IMM sobre los 200 dólares,  siendo su valor de $ 120 mil pesos,  a diferencia de nuestros 225 mil, estamos claramente superior sobre un 87% de nuestros vecinos Altiplánicos.

Precios de Bencina 93 octanaje en Sudamérica

Un medio directo de ver el costo de vida es el precio de la bencina, para ello hemos registrado el valor por litro de bencina 93, de los países analizados anteriormente.

País
Valor Litro $US
Valor Peso CL
Venezuela
0,01
 $     6
Bolivia
0,52
 $  300
Ecuador
0,58
 $  334
Colombia
1,15
 $  663
Brasil
1,21
 $  698
Perú
1,39
 $  801
Argentina
1,48
 $  853
Chile
1,54
 $  888
Paraguay
1,58
 $  911
Uruguay
1,64
 $  945


Se pude apreciar que los países con menor IMM de cierta manera son los que tienen menor precio en los combustibles, a excepción de Venezuela que es productor del crudo.
Y de cierta manera los más perjudicados son Chile, Paraguay y Uruguay, países con el octanaje más caro de la Región.

Entonces puede sacar sus conclusiones si somos los mejores o peores de Sudamérica.